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AUDITORIA

La auditoría consiste en la revisión y verificación de las cuentas anuales, así como de otros estados financieros o documentos contables, elaborados con arreglo al marco normativo de información financiera que resulte de aplicación, siempre que esta actividad tenga por objeto la emisión de un informe sobre la fiabilidad de dichos documentos que pueda tener efectos frente a terceros.

La auditoría de cuentas puede ser voluntaria u obligatoria.

¿Quiénes están obligados a auditarse?

Deberán someterse en todo caso a la auditoría de cuentas, las entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que emitan valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales de valores o sistemas multilaterales de negociación.

b) Que emitan obligaciones en oferta pública.

c) Que se dediquen de forma habitual a la intermediación financiera, y, en todo caso, las entidades de crédito, las empresas de servicios de inversión, las sociedades rectoras de los mercados secundarios oficiales, las entidades rectoras de los sistemas multilaterales de negociación, la Sociedad de Sistemas, las entidades de contrapartida central, la Sociedad de Bolsas, las sociedades gestoras de los fondos de garantía de inversiones y las demás entidades financieras, incluidas las instituciones de inversión colectiva, fondos de titulización y sus gestoras, inscritas en los correspondientes Registros del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

d) Que tengan por objeto social cualquier actividad sujeta al Texto Refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, dentro de los límites que reglamentariamente se establezcan, así como los fondos de pensiones y sus entidades gestoras.

e) Que reciban subvenciones, ayudas o realicen obras, prestaciones, servicios o suministren bienes al Estado y demás organismos públicos dentro de los límites que reglamentariamente fije el Gobierno por real decreto.

f) Las entidades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan al cierre dos de los tres requisitos siguientes:

  • Total Activo >= 2.850.000 euros
  • Importe neto de la cifra de negocios <= 5.700.000 euros – Total de trabajadores >= 50

¿Cómo proceder?

La Junta General de Accionistas debe nombrar Auditor, antes de la finalización del ejercicio a auditar, inscribiendo dicho acuerdo en el Registro Mercantil.

Los socios minoritarios pueden solicitar del registrador mercantil del domicilio social el que, con cargo a la sociedad, nombre un auditor de cuentas, siempre que los solicitantes representen, al menos, el 5% del capital social y No hayan transcurrido tres meses a contar desde la fecha de cierre de dicho ejercicio.

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VALORACIÓN DE EMPRESAS

Audit & Assurance

¿Por qué me interesa conocer el valor de mi empresa?

Hay varios motivos para valorar una sociedad como:

  • Cambios en el accionariado
  • Financiación bancaria
  • Reestructuración societaria
  • Expropiaciones
  • Segregación de patrimonios Una valoración de empresas incluye:
    • La valoración del activo, analizando la operativa y los procesos de generación de valor.
    • La empresa y el entorno competitivo donde desarrolla su actividad, el mercadopotencial y su cuota de participación.
    • La evolución histórica de sus estados contables.
    • Detectar y evaluar las amenazas, debilidades, fortalezas y oportunidades.
    • Proyección a futuro del negocio a 4-5 años.

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REESTRUCTURACIONES SOCIETARIAS

Audit & Assurance

Es más común de lo que parece que ante en el entorno en el que nos encontramos una sociedad se vea envuelta en un proceso de reestructuración societaria. Estar alerta ante ciertos indicativos es necesario para dar una respuesta eficaz:

  • Pérdida de posicionamiento en el mercado.
  • Cambio en la tendencia de consumo de su producto.
  • Nuevos competidores.
  • Cambios tecnológicos.
  • Dificultad para obtener financiación.
  • Pérdida continuada de rentabilidad.
  • Deterioro continuado en los resultados de la compañía.

A través de este proceso focalizamos en la necesidad de cada negocio para alcanzar sus objetivos como adaptar la estructura de costes fijos, decidir externalizar servicios, reubicar las instalaciones, reorganización de plantilla, etc. Entre varias sociedades cada la posibilidad de fusión en cada una de sus modalidades.
En Afirmare estudiamos su caso y le orientamos en la forma más eficaz y eficiente ante qué tipo de reestructuración afrontar.

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DUE DILIGENCE

Audit & Assurance

La due diligence es un proceso utilizado habitualmente en el ámbito de las adquisiciones empresariales. Incluye aspectos como: su área de actividad; las posibilidades y perspectivas de futuro del negocio; y el estado de su activo y de su pasivo.
En definitiva, busca obtener toda la información necesaria para valorar y fijar de forma objetiva; el precio final de una operación de adquisición de empresas; la forma de estructurar la transacción; y la exigencia de garantías o, en su caso, la conveniencia de dar marcha atrás a la compra por la detección de riesgos o por la aparición de nuevas informaciones.

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MEDIACIÓN Y ARBITRAJE

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Mediación y Arbitraje son métodos alternativos de resolución de conflictos. Es decir, se acude a ellos para evitar un proceso judicial convencional.En un Arbitraje, el Árbitro tiene la obligación de resolver el litigio mediante una decisión que obliga a las partes.
Sin embargo, en la mediación, el Mediador se limita a acercar las posturas de las partes, favoreciendo la firma de un posible acuerdo que satisfaga a ambas.